En medio de la pandemia por Coronavirus que ha venido azotando al país, los ciudadanos han disfrutado del periodo de vacaciones de verano de diferentes maneras. Una de las que más ha tenido crecimiento se relaciona con el alquiler de barcos de recreo.

En este punto, es necesario saber que las leyes del país obligan a que “…toda embarcación comprendida entre 2,5 metros y 24 metros de eslora, destinada al recreo debe matricularse en el Registro General de Buques en una de las listas disponibles”.

Recuerde contratar siempre el mejor seguro de barcos para proteger su embarcación

En este sentido, para España se cuenta con un total de nueve listas que indican el tipo de barcos y el uso que se le da al mismo. Estas listas son:

  • Lista 1°: plataformas off shore.
  • Lista 2°: buques mercantes.
  • Lista 3°: barcos de pesca.
  • Lista 4°: embarcaciones auxiliares de pesca.
  • Lista 5°: servicios portuarios.
  • Lista 6°: barcos de recreo con ánimo lucrativo.
  • Lista 7°: barcos de recreo sin ánimo de lucro.
  • Lista 8°: barcos de la Administración y Defensa.
  • Lista 9°: buques en construcción.

Para el caso de los barcos de recreo con la intención de ser rentados, este debe ser matriculado en la lista número seis que es para barcos de recreo con ánimo lucrativo, es decir, que serán destinados al alquiler a terceros.

La matrícula en cuestión, es un identificativo que muestra la lista en la cual está registrada la embarcación, la provincia marítima, el distrito marítimo, el folio y el año de registrado.

Revise ahora los mejores seguros de barcos, para que realice la mejor elección

Registrarse en la lista seis

Este procedimiento solo se realiza de forma directa en la sede de la Capitanía Marítima correspondiente. Aunque es posible contratar los servicios de una Gestoría Náutica para que se encargue del trámite.

En cualquiera de los dos casos, el interesado debe cumplir una serie de requisitos, que son:

  1. Contar con un seguro de responsabilidad civil que pueda cubrir una actividad de alquiler.
  2. Se debe realizar un procedimiento administrativo denominado “Despacho de buques”, que permite a la embarcación navegar con la autorización de la Capitanía General. Para ello se deben contar con los siguientes certificados:
    1. Certificado de navegabilidad ITB, el cual es realizado por una empresa de libre elección por parte del interesado, y cuyo coste oscila entre los 150 y 800 euros, dependiendo del tamaño de la eslora. Este debe ser menor a tres años de emisión.
    2. Certificado de alta en la Agencia Tributaria utilizando el modelo 036 o 037 en el Impuesto de Actividades Económicas.
    3. Certificado de botiquín que emite el Centro de Sanidad Marítima.
    4. Póliza de seguros del tipo Responsabilidad civil. Se debe incluir el justificativo de pago.
    5. Póliza de seguros que cubra a los tripulantes de la embarcación.
    6. Listado de la tripulación y sus documentos en caso de que el barco sea con tripulación.
  3. Presentar la documentación requerida en las oficinas de la Capitanía Marítima. También se debe completar el formulario, y finalmente, se debe cancelar la tasa 790-025 cuyo importe es de 18,33 euros.

Declaración de beneficios de explotación

En la medida que se alquila el barco, el propietario debe de realizar las declaraciones a las que tuviera lugar dentro de las leyes del país.

En este particular, se deben declarar los beneficios e ingresos obtenidos, producto de la explotación por alquiler del barco.

Esto se realiza en el marco de la declaración del IRPF. Adicionalmente, se tiene como obligación legal, realizar la declaración trimestral del Impuesto al Valor Agregado (IVA), y el resumen anual del mismo.

Requisitos obligatorios de seguridad

De acuerdo a la ley vigente, “toda embarcación de recreo, con y sin ánimo de lucro debe contar con elementos de seguridad contra incendios, navegación y de prevención de vertido”.

Del mismo modo, “el equipo de radiocomunicaciones a bordo de las embarcaciones de recreo deberá cumplir con las disposiciones sobre Radiocomunicaciones Marítimas en vigor”.

También deben contar con elementos de salvamento como chalecos y balsas salvavidas. Aparte, toda embarcación debe ser sometida a inspección anual.

Utilice siempre el mejor comparador de seguros de embarcaciones para proteger su barco